martes, febrero 06, 2007

¿Dejà vu?

En el día de hoy, una de las noticias que más pita en los medios españoles tiene que ver con el Estatuto de Cataluña. Como, gracias al Google Analytics, puedo saber de dónde se conectan algunos lectores y hay accesos desde varias partes del globo, quizá sea necesario explicar algunas cosas. Si no es así, pido perdón por el coñazo.

Durante los años 2005 y 2006, impulsado por el cambio de gobierno generado en las elecciones del 2004, donde las derechas cedieron el poder a las izquierdas, se ha producido un proceso de reforma del Estatuto de Autonomía de (entre otras regiones) Cataluña, proceso que, en el caso catalán, ha sido extraordinariamente polémico, yo diría que por tres causas:

La primera, de orden filosófico, porque los redactores de la nueva constitución autonómica querían que, cuando menos en su preámbulo, se afirmase la identidad nacional de Cataluña; algo que tiene su importancia porque las naciones son soberanas y reconocer que un territorio de España es una nación equivaldría a declararlo soberano por sí mismo y en sí mismo. Eso sí, hay toda una discusión jurídica, interminable, sobre el valor jurídico que tiene una afirmación hecha en el preámbulo de una norma, y no en su articulado.

El segundo motivo de polémica es la pasta. Cataluña se siente, desde hace algo más de cien años, contribuyente neta de España. Lo cual quiere decir que aporta más dinero (impuestos) del que recibe (gasto público). Esta afirmación es discutida por unos, que aseveran que las cuentas hay que hacerlas de otra manera; y combatida por otros, que consideran que, por definición, una región rica ha de ser, en un esquema de solidaridad territorial, contribuyente neta. En el fondo de la cuestión, sin embargo, no está tanto (o a mí me lo parece) la cuestión de si pone o no pone más que otros, como la discusión sobre el modelo de financiación. El nacionalismo catalán añora el sistema foral de cupo que disfrutan el País Vasco y Navarra, porque es notablemente más soberano. En un sistema de cupo, la región o reino afectados cobran los impuestos y, posteriormente, negocian con el Estado el valor de los servicios que éste ha realizado en su territorio, y le pagan por ello. Entre las autonomías denominadas de régimen común, Cataluña incluida, el sistema es otro: es el Estado el que recauda los impuestos (aunque hay algunos cedidos) y las autonomías le piden pasta.

El tercer problema es el idioma que, en realidad, no hace sino acrisolar todas las vertientes culturales de la identidad nacional, que suelen ser las más enraizadas y, consecuentemente, defendidas o atacadas, por ambas partes, con mayor virulencia.

El Estatuto catalán fue aprobado ya por el parlamento español hace algunos meses, bien es verdad que con cambios que a mí me parecen bastante sustanciales sobre la redacción inicial (aunque ya digo que en esto hay tantas opiniones como traseros). Sin embargo, queda un tramo, un tramo olvidado por muchos pero que tiene su importancia: la oportuna sentencia del Tribunal Constitucional.

El TC es el tribunal en el que se dirimen aquellos casos en los que lo que se ventila es si una actuación es o no acorde con la Constitución Española. El principal partido opositor de los dos nuevos estatutos de Cataluña (el inicialmente redactado y el finalmente aprobado), es decir el Partido Popular, hizo uso de la prerrogativa que tiene de presentar un amplio recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Estatuto, recurso en el que pide al tribunal que se defina sobre prácticamente toda la norma. Este recurso, de hecho, convierte al TC en una tercera cámara, después del Congreso y del Senado, que tendrá que dirimir, votar, el Estatuto.

¿Qué pasó ayer? Bueno, pues lo que pasó es que el TC hizo pública su decisión sobre una, por así decirlo, cuestión de orden presentada por el PP, anterior a la sentencia en sí, que era la recusación de uno de los jueces que tenían que participar en el fallo. Se trata de Pablo Pérez Tremps, hoy magistrado del Constitucional pero que ayer, siendo jurista en ejercicio, realizó, al parecer, un trabajo sobre el Estatuto encargado por la Generalitat de Cataluña. El PP argumentaba que aquel informe era una pieza más del trabajo realizado para redactar el Estatuto y que, en consecuencia, Pérez Tremps iba a dirimir la constitucionalidad de un texto que él mismo había contribuido a redactar, lo cual es un contrasentido. Sea o no cierto este argumento, lo que sí es cierto es que el TC, por ajustado margen, ha decidido atenderlo. Pérez Tremps ha sido recusado y ahora no podrá participar en el dictamen que sostendrá el fallo del Constitucional.

La prensa se ha apresurado a hacer una identificación, o sea: juez partidario de recusar a Pérez Tremps = juez partidario de la inconstitucionalidad del Estatuto. En fin, es un poco precipitada. A mí me parece que el caso de Pérez Tremps era bastante evidente, hasta el punto que, si debo escribir mi opinión personal, no es que esté bien recusado; es que debería haber sido él quien, voluntariamente, se hubiese declarado incompetente. Pero eso no prejuzga, en lo absoluto, un juicio sobre la constitucionalidad de la norma, precisamente por lo evidente que resulta la recusación.

Todo esto, no obstante, sólo es una introducción para legos. Como aquí hablamos de Historia, no nos vamos a separar de la línea. Porque a mí, cuando he leído estas noticias, y a pesar de que, como digo, me parece absolutamente exagerado concluir de la recusación que va a haber un fallo judicial claramente contrario al Estatuto, sí se me ha planteado qué es lo que puede ocurrir si es así. Y me he acordado de que España y Cataluña ya estuvieron en la misma tesitura, en junio de 1934.

Con la llegada de la República, en España se formaron unas Cortes netamente de izquierdas que, de la mano de Manuel Azaña, presidente del Gobierno, iniciaron una labor importante de desarrollo de legislaciones de corte social. Esta labor, además de parir otras medidas laborales diseñadas por Francisco Largo Caballero, ministro de Trabajo, tuvo un punto importante en la reforma agraria. España, hace 70 años, era aún un país fundamentalmente agrario y la propiedad de la tierra estaba notablemente concentrada, especialmente en el sur. Los grandes terratenientes eran quienes se habían beneficiado de las desamortizaciones del siglo XIX, y había zonas, como Andalucía y Extremadura, donde había grandes bolsas de jornaleros en paro.

La reforma agraria nunca funcionó bien. Los elementos burgueses del Gobierno presionaron para que las expropiaciones de tierras (pues la Constitución permitía expresamente la expropiación de bienes económicos por interés social) fuesen a cambio de indemnizaciones justipreciadas, lo cual dificultó notablemente el reparto de tierras. Hoy hay toda una corriente de escritores e historiadores empeñada en demostrar que la reforma fue mejor de lo que se dice; pero esa afirmación se da de bruces con la evidentísima decepción que sintieron los jornaleros de izquierdas por sus escasos avances, decepción que acabaría cristalizando en los tristísimos sucesos de Castilblanco y, sobre todo, Casas Viejas, que acabarían por costarle el puesto a Azaña y el gobierno a las izquierdas.

A pesar del mal funcionamiento, el gobierno aprobó medidas, entre ellas una Ley de Términos Municipales que establecía medidas como que un patrón no podía contratar jornaleros de otra población si quedaban parados en aquélla donde radicaban las tierras. Fue una medida para impedir que los patronos, ante la eventualidad de grupos de jornaleros organizados en el Pueblo A, capaces por lo tanto de conseguir salarios dignos, se fuesen al Pueblo B a contratar a otros menos organizados por la mitad de precio. Los terratenientes reaccionaron con bastante cabreo e iniciaron medidas obstruccionistas, que se resumen en el famoso eslogan que se les atribuyó, dirigido a los jornaleros: «Comed República».

En noviembre de 1933, la cosa cambió. Hubo unas elecciones que ganaron de largo las derechas, sobre todo por el desencanto creado por Casas Viejas y, dicen algunos sociólogos, porque por primera vez votaron las mujeres, entonces mayoritariamente conservadoras. Como ya hemos contado aquí, la llegada de las derechas al poder supuso un automático frenazo al desarrollo del Estatuto de Cataluña, que ya había sido aprobado pero al que le quedaban aún muchas cosas por dirimir.

En Cataluña gobernaban las izquierdas. Era presidente Lluis Companys y la Esquerra Republicana el partido de referencia. Este gobierno catalán quiso, también, regular el sector agrario, un sector presidido en buena parte por relaciones de arriendo, en ocasiones verbales como era entonces muy común en el agro, conocidas como la rabassa morta. Por ello, el gobierno catalán dictó una ley, la Ley de Cultivos, en la que, entre otras cosas, regulaba (artículo 8, según la documentación que he podido leer) las atribuciones de una Junta Arbitral existente para dirimir conflictos entre arrendador y arrendatario.

Aquel artículo 8 estaba redactado con el espíritu de la reforma agraria que, como ya os he dicho, se había abordado en Madrid meses antes. Así pues, establecía que la Junta Arbitral podría establecer las condiciones de la rabassa entre el propietario y arrendatario inicial o, si lo consideraba conveniente, con otro arrendatario diferente, fuera éste una persona física, una cooperativa, un sindicato…

La Ley de Cultivos catalana gustó más bien poco a los terratenientes catalanes. Con un gobierno de izquierdas, sin embargo, se habrían tenido que callar. Pero en Madrid gobernaban las derechas. Y lo que hizo el gobierno presidido por el Partido Radical fue denunciar la Ley de Cultivos catalana en el Tribunal de Garantías Constitucionales.

Y ganó.

Es cierto que la Constitución permitía la disposición de los bienes económicos por razones sociales. Pero el Tribunal entendió que esa potestad constitucional le era concedida sólo al Estado central y entendió que la citada ley catalana era una intromisión de una autonomía en una competencia estatal (regulación de la propiedad privada).

¿Cuál fue la reacción de los catalanes? El 12 de junio de 1934, el presidente Lluis Companys se presentó ante el parlamento autonómico con la intención de presentar el nuevo texto de la Ley de Cultivos; el texto diseñado para superar los problemas de constitucionalidad que había señalado el Tribunal de Garantías.

Presentó la misma ley. Exactamente la misma. Copiada hasta la coma. A día de hoy, y si exceptuamos la acción armada de octubre de aquel mismo año, nunca una autonomía ha planteado un conflicto tan grave con el Estado.

La sesión del 12 de junio fue tormentosa. Los mossos d’esquadra tuvieron que aplicarse bien a fondo para evitar que el público, que ya no cabía en la tribuna de visitantes, siguiese entrando en el edificio. Un grupo de militantes de Estat Catalá, formación que, como su propio nombre indica, era claramente independentista, intentaron colgar una bandera de su partido en el mismo balcón del parlamento. Adabal, diputado de la conservadora Lliga Regionalista, casi fue linchado en la calle a su llegada.

En su discurso, Companys apartó con rapidez las exquisiteces jurídicas del conflicto y lo llevó al terreno político, reclamando el total apoyo a sus tesis porque, dijo, «frente a un ataque a Cataluña, no pueden existir divisiones entre los que nos sentimos catalanes». Ese «los que nos sentimos catalanes» fue una puyita, muy típica de él, a los miembros de la Lliga, a los que negaba la condición de amantes de Cataluña (cosa que a un catalanista, obviamente, le jode más que cualquier otra cosa).

Acto seguido, anunció que la ley presentada era exactamente la misma que había sido tumbada por el Tribunal, y anunció que «el Gobierno [catalán] la hará cumplir, pase lo que pase y sea como sea». Confesión que arrancó un largo aplauso cerrado, tan escandaloso que el presidente tuvo que amenazar al público con echarlo si no se callaba.

Acto seguido, Companys holló los terrenos que realmente le importaban; la madre de cordero. Porque el problema con el gobierno de Madrid, el gobierno de derechas, no era tanto la Ley de Cultivos (ésa era sólo la fiebre) como el retraso o, más bien, parón que había sufrido la negociación de las transferencias (la enfermedad). De persistir esa actitud obstruccionista de Madrid, dijo, «nuestra autonomía iría desfalleciendo de tristeza, iría perdiendo el color y el carácter para terminar desviándose y hundiéndose por la cobardía o por la estupidez de los catalanes». Más aún: ante un «alzamiento monárquico y centralista de todas las tierras hispánicas», que era algo que la izquierda temía entonces, «Cataluña daría la gran batalla, porque nosotros no queremos morir de asco ni de vergüenza». Como se ve, Companys ya tenía, en junio del 34, la cabeza amueblada para hacer lo que hizo en octubre.

¿Que cómo terminó esto? Pues no lo sé, la verdad. En octubre, Companys metió la pata hasta el corvejón y decidió aprovechar el golpe de Estado revolucionario liderado por el PSOE y la UGT en Madrid (aunque sólo medró en Asturias) para impulsar la proclamación del Estado catalán de la República Federal Española (así lo definió en su alocución, a las 20,20 horas del 6 de octubre, desde el balcón del palacio de la Generalitat) e iniciar un proceso de sedición cuya consecuencia sería la suspensión de la autonomía durante el resto del bienio de derechas. Para cuando gobernó el Frente Popular, la Ley de Cultivos ya no era un problema.

Esto fue lo que pasó. Para saber lo que pueda pasar en el futuro, os diría que os equivocáis de blog; tal vez en el de Iker Jiménez o el de Rappel, si es que tienen, os lo cuenten.

9 comentarios:

  1. Anónimo11:14 p.m.

    Me da a mí que ni Iker ni Rappel tienen la más remota idea la historia que has contado :-)

    Salud!

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  2. Anónimo10:37 p.m.

    buff yo estoy harto de esta historia de los jueces que se ha montado hace poco, damos por sentado que los jueces son parciales de por si

    que asco de asunto

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  3. Anónimo12:19 a.m.

    Los jueces no son parciales de por si, pero ya se sabe que los hijos de uno nunca son feos

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  4. Anónimo12:36 p.m.

    Buff, la historia de la recusación es un poco más complicada, porque creo que su trabajo no fue sobre el estatut, que entonces aún no estaba redactado, sino sobre cuestiones jurídicas que luego efectivamente fueron recogidas en el texto. Creo.

    Así que si debía ser recusado no es tan claro, aunque yo pienso que sí para no dejar margen de duda.

    De todas formas, todo eso es una discusión académica: los del PP han votado lo que quería el PP y los del PSOE lo que quería el PSOE, independientemente de los hechos del caso. Si se hubiera plantado en la Cibeles vestido de lentejuelas cantando con un laúd "el estatut es inconstitucional la la la", el PSOE habría votado por su recusación y el PP habría votado en contra.

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  5. Anónimo8:17 p.m.

    amen hermano

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  6. Sí que hay problema terrible con la indendencia de los jueces, que no es lo mismo que con su objetividad.
    Mientras sean los gobiernos los que los nombren, según una Ley del PSOE que el PP no quiso rectificar cuando tuvo mayoría absoluta, no habrá independencia judicial, y ésta será una democracia enferma.

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  7. Anónimo7:38 p.m.

    No creo que esta sea una democracia enferma ni que la ley actual para el nombramiento de jueces este mal. pensemos que si no son los partidos los que nombrasen a los jueces (en igualdad de condiciones, como ahora) se terminaria creando una politizacion interna del sistema judicial y ademas independiente. Porque señores la politica da poder y la gente busca poder. Mas vale malo conocido que bueno y por conocer, de momento el sistema actual ha funcionado mas bien que mal, creo

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  8. Anónimo7:39 p.m.

    No creo que esta sea una democracia enferma ni que la ley actual para el nombramiento de jueces este mal. pensemos que si no son los partidos los que nombrasen a los jueces (en igualdad de condiciones, como ahora) se terminaria creando una politizacion interna del sistema judicial y ademas independiente. Porque señores la politica da poder y la gente busca poder. Mas vale malo conocido que bueno y por conocer, de momento el sistema actual ha funcionado mas bien que mal, creo

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  9. Si me permites una observación, releyendo este post, intentaba identificar al diputado Adabal de la Lliga. Me parece que te refieres a Raimon d'Abadal i Calderó. Y cuando estuvo a punto de ser linchado fue, , «en los sucesos revolucionarios del año 34,(donde) se distinguió notablemente en favor de España ya que fue el único que se opuso a las turbas separatistas en sus afanes revolucionarios; motivo por el cual estuvo a punto de ser linchado»,según el expediente 3106/40 incoado por el Tribunal Provincial de Barcelona al sr.Abadal en aplicación de la Ley de Responsabilidades políticas.

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