La Antártida supone muchas cosas, pero la primera de ellas es que es la última terra incognita que ha descubierto el hombre; la última porción de nuestro planeta sobre cuya propiedad y soberanía han tenido que preguntarse los juristas y los gobernantes. Además, es la única cuyo tema se ha planteado en un momento histórico en el que, por retirada definitiva de los sentimientos colonialistas, los países no estaban por la labor de tratar de hacerla suya por la invasión. Esta combinación de factores ha permitido el estatus actual de este subcontinente, pues es una tierra sobre la cual las naciones que se sienten con derecho han renunciado a reclamar su soberanía. Pero ése, la verdad, es un estatus bastante inestable en el largo plazo. Lo que yo quiero explicaros aquí son algunas cosas sobre cómo se desarrolló ese conflicto jurídico.
miércoles, marzo 29, 2017
lunes, marzo 27, 2017
Trento (17)
Recuerda que en esta serie hemos hablado ya, en plan de introducción, del putomiérdico estado en que se encontraba la Europa católica cuando empezó a amurcar la Reforma y la reacción bottom-up que generó en las órdenes religiosas, de los camaldulenses a los teatinos. Luego hemos empezado a contar las andanzas de la Compañía de Jesús, así como su desarrollo final como orden al servicio de la Iglesia. Luego hemos pasado a los primeros pasos de la Inquisición en Italia y su intensificación bajo el pontificado del cardenal Caraffa y la posterior saña con que se desempeñó su sucesor, Pío IV, hasta conseguir que la Inquisición dejase Italia hecha unos zorros.
A partir de ahí, hemos pasado a ver los primeros pasos de la idea del concilio y, al trantrán, hemos llegado hasta su constitución formal. Pero esa constitución fue tan problemática que pronto surgió el fantasma del traslado del concilio.
En ese punto del relato, hicimos un alto para realizar un interludio estético. Pasadas las vacaciones, hemos abordado la apertura del concilio y las maniobras papales para arrimar el ascua a su sardina. De hecho, el Papa maniobró, en contra de los intereses imperiales, para que Trento le pusiera la proa desde el primer momento a los reformados, y luego intentó, sin éxito, sacar el concilio de Trento. El enfrentamiento fue de mal en peor hasta que, durante la discusión sobre la residencia de los obispos, se montó la mundial.
Ya más tranquilas las cosas tras el bochornoso espectáculo producido tras la intervención de Braccio Martelli, la séptima sesión solemne del concilio tuvo lugar el 5 de marzo de 1547. Se publicaron los decretos sobre los sacramentos y sobre la residencia de los obispos. En este último caso, la cuestión básica se orillaba con elegancia, puesto que el texto no se pronunciaba sobre la obligación de residir en la diócesis es de origen divino o humano. Se limitaba a prohibir la reunión en la misma persona de diferentes obispados, parroquias u otros beneficios eclesiásticos. Establecía que todo obispo designado debería hacerse consagrar como tal en los seis meses siguientes a la designación. Se otorgaba a los obispos el poder de reformar las iglesias de su parroquia, así como su capítulo catedralicio. Eran prescripciones bastante buenas, pero en la realidad la autoridad del Papa quedó impoluta, por lo que la puerta a los abusos permaneció abierta.
A partir de ahí, hemos pasado a ver los primeros pasos de la idea del concilio y, al trantrán, hemos llegado hasta su constitución formal. Pero esa constitución fue tan problemática que pronto surgió el fantasma del traslado del concilio.
En ese punto del relato, hicimos un alto para realizar un interludio estético. Pasadas las vacaciones, hemos abordado la apertura del concilio y las maniobras papales para arrimar el ascua a su sardina. De hecho, el Papa maniobró, en contra de los intereses imperiales, para que Trento le pusiera la proa desde el primer momento a los reformados, y luego intentó, sin éxito, sacar el concilio de Trento. El enfrentamiento fue de mal en peor hasta que, durante la discusión sobre la residencia de los obispos, se montó la mundial.
Ya más tranquilas las cosas tras el bochornoso espectáculo producido tras la intervención de Braccio Martelli, la séptima sesión solemne del concilio tuvo lugar el 5 de marzo de 1547. Se publicaron los decretos sobre los sacramentos y sobre la residencia de los obispos. En este último caso, la cuestión básica se orillaba con elegancia, puesto que el texto no se pronunciaba sobre la obligación de residir en la diócesis es de origen divino o humano. Se limitaba a prohibir la reunión en la misma persona de diferentes obispados, parroquias u otros beneficios eclesiásticos. Establecía que todo obispo designado debería hacerse consagrar como tal en los seis meses siguientes a la designación. Se otorgaba a los obispos el poder de reformar las iglesias de su parroquia, así como su capítulo catedralicio. Eran prescripciones bastante buenas, pero en la realidad la autoridad del Papa quedó impoluta, por lo que la puerta a los abusos permaneció abierta.